martes, 16 de enero de 2024

Medidas para salvar el FORTÍ NEGRE de Tarragona (11/02/1937)


ORDRE que dicta. mesures conduents a salvar, el Forti Negre i la part immediata del camí de ronda de les Muralles de Tarragona. 


ORDEN que dicta. medidas conducentes a salvar,el Forti Negre y la parte inmediata del camino de ronda de las Murallas de Tarragona. 

Un aspecto importante, referente a las Murallas de Tarragona, es el de la ocupación abusiva para los vecinos correspondientes a la parte interior de la ciudad, instalados en fincas inmediatas a la mencionada construcción del camino de ronda o sea su superficie alta. Esta ocupación, además de perjudicar la visión monumental, con construcciones parásitas superpuestas, ha contribuido en varias partes, a la ruma de la mura11a. -Vegetación, depositos de agua, lavaderos, con raíces y filtraciones, han deshecho la compacidad de la masa de blandas que constituía el material de relleno interior; después el agua de las lluvias, empapando la arcilla, convirtiéndola en barro, han ocasionado el aterrizamiento de los muros de piedra exteriores. Ningún motivo justifica el empleo. Siendo las murallas propiedad del Estado, cuyo derecho nunca prescribe; carentes los ocupantes de títulos de adquisición, ya que la muralla no ha sido vendida, corresponde al poder publico, acabar esta situación. Otra consideración obliga a intervenir con urgencia; la seguridad publica. Mientras el camino de ronda no sea posible tenerlo totalmente poseído por el Estado, en buenas condiciones, evitando filtraciones y en consecuencia el aterramiento de la muralla, existe peligro de desgradados accidentes. Esta cuestión se presenta especialmente en lo que se refiere a una parte de la muralla, inmediata al lugar denominado Forti Negre y en la propia área de éste, ocupada por los Herederos de Gabriel Olivé. Allá El empleo es como en ningún otro perjudicial para el monumento y peligroso. Liberada de ocupantes particulares, casi la totalidad del camino de ronda, tapiados los accesos que condulan, queda todavía como singular a poner en las debidas condiciones, el citado lugar. Esta situación, tratándose de un monumento de tan alto interés nacional, como son las Murallas ibero romanas de Tarragona, debe acabar. El valor monumental y la seguridad pública lo justifica. Vista, pues, la comunicación que, en este sentido, ha dirigido la Dirección de la Sección de Monumentos de la Generalidad y de conformidad con el informe de la Comisión de los Servicios del Patrimonio Historico, Artístico y Científico de Cataluña, he resuelto: Comunicar al Comisario de la Generalidad en Tarragona que, teniendo en cuenta las condiciones de interés nacional de las Murallas de Tarragona y motivos de seguridad pública, se notifique a los Herederos de Gabriel Olivé, que deben acabar con el empleo del Forti Negre y parte inmediata del camino de ronda, por ser abusiva y peligrosa, y que pasados ​​tres días de la notificaci6n, el Servicio de Monumentos Historias de la Generalitat, podra ejecutar los trabajos que considere convenientes de derrumbe de construcciones, destrucción de vegetación y comunicación con el camino de ronda anexo, Barcelona, ​​9 de febrero de 1937. El Consejero de Cultura, ANTONI M.& SBERT



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